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LA DIRECCIÓN DE UN CENTRO ESCOLAR BILINGÜE
Mª de los Desamparados Espejo Aubero
Profesora en el CES Don Bosco
RESUMEN
La función directiva de un centro escolar bilingüe
supone no sólo planificar, organizar y controlar las
actividades, en función de unos objetivos previamente
adoptados, sino también crear el ambiente propicio para
la enseñanza de la lengua extranjera en las tareas programadas,
en preparar los medios y en la infraestructura, en favorecer
la correcta circulación de información y en la
participación de todos los órganos e individuos
para una directa implicación en este aprendizaje específico.
INTRODUCCIÓN
La Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad
de la Educación establece la función directiva
como un factor de calidad de la Educación. Esta Ley la
fundamenta como elemento clave para el buen funcionamiento y
organización del centro docente. Asimismo establece en
el artículo 79 sus competencias que pueden resumirse
en cuatro aspectos: organización y gestión del
centro, iniciativas de mejora, actividad en el aula y dedicación
al centro.
Ante este nuevo orden de cosas con respecto a la responsabilidad,
servicio, objetivos generales pedagógicos, funcionamiento,
organización...es ante el que debe organizarse la Dirección
de un Centro Docente Bilingüe según el R. D. 63/2004.
La función directiva supone no sólo planificar,
organizar y controlar las actividades, en función de
unos objetivos previamente adoptados, sino también crear
el ambiente propicio para las tareas programadas, preparar los
medios y la infraestructura, favorecer la correcta circulación
de información y participación de todos los órganos
e individuos.
1.- DESARROLLO
Este Decreto de Selección y Nombramiento de la Dirección
da el reconocimiento de la función directiva por medio
de incentivos económicos y profesionales, de valoración
en las convocatorias para puestos de trabajo en la función
pública docente. La LOCE en el artículo 94, acerca
del reconocimiento de la función directiva, sostiene
que el cargo de director será especialmente valorado
a los efectos de la provisión de puestos de trabajo en
la función pública docente, así como para
otros fines de carácter profesional, dentro del ámbito
docente, que establezcan las Administraciones educativas.
Esta dirección no pretende dejar al director como único
responsable de la mejora de los centros pero es verdad que trata
de darle un nuevo giro más profesional.
Se establece un aspecto significativo que es la evaluación
posterior de la labor directiva al cabo de los tres años
por lo que este proceso de valoración tendrá que
ser utilizando formulas que demuestren claramente la competencia
directiva escolar. Es decir, valoraciones serias y técnicas
del trabajo desarrollado en sus funciones gestoras, organizadoras,
animadoras e impulsoras de la mejora del centro educativo.
Los resultados que se pueden conseguir según este planteamiento
y las circunstancias reales son mayor nivel de inglés
porque se han aumentado las clases de inglés pero desde
luego no en proporción a las expectativas según
objetivos y experiencia real.
Atendiendo a otras especificaciones como la de los centros
de Especialización Curricular que aparecen nombrados
en el artículo 73 de la Ley Orgánica de la Calidad
10/2002, de 23 de diciembre. "Los centros docentes, en
virtud de su autonomía pedagógica y de organización
contemplada en la presente Ley, podrán ofrecer proyectos
educativos que refuercen y amplíen determinados aspectos
del currículo referidos al currículo lingüístico,…".
La Comunidad de Madrid, siguiendo esta Ley de la Calidad de
la Educación, propone un procedimiento a todos los centros
públicos que reúnan una serie de condiciones para
que se conviertan en centros públicos bilingües
de Educación Primaria y Educación Infantil.
El 5 de marzo aparece la Orden 76/2004 que establece el objeto,
las características, los destinatarios y los requisitos
para convertirse en estos centros públicos bilingües
de Educación Primaria y Educación Infantil. Así
mismo establece la formación de los docentes, el plazo
y la documentación necesaria.
Se necesita un coordinador del Programa de entre los profesores
definitivos del centro con la especialidad correspondiente (inglés)
pero en ningún momento aparece ninguna referencia a la
preparación o beneplácito de los miembros del
Equipo directivo.
Con anterioridad ya había 10 centros docentes públicos
con un acuerdo específico con el British Council desde
1996, estos centros docentes siguen funcionando de forma parecida
a estos que van a comenzar en el curso 2004/5.
No se exigen requisitos específicos para la Dirección
de estos Centros Docentes Bilingües Públicos, más
que los necesarios para cualquier otro centro docente del mismo
nivel. Exactamente igual ocurre con los otros miembros del equipo
directivo.
Sin embargo, en el concurso de traslados estos centros docentes
bilingües aparecen especificados de diferente manera al
igual que aparecen así determinados de diferente forma
en la Ley Orgánica de la Calidad de la Educación
como Centros de Especialización Curricular. Estas plazas
requieren de una formación o preparación específica
(como plaza de idioma).
Desde hace nueve años estos diez colegios han funcionado
de forma similar al planteamiento que la Administración
ha especificado para los que empezarán a funcionar en
septiembre de 2004.
Las características de estos centros son:
Coordinador del programa (Leader teacher)
Auxiliar de conversación (Assistant)
Colegio hermanado (Twinned school)
Actividades extraescolares (Extracurricular activities)
Seguimiento del progreso de los alumnos (Students progress control)
Formación del profesorado (Teachers courses)
Se imparte al menos un tercio del horario lectivo semanal en
Lengua Inglesa.
De esta forma se incrementarán hasta cinco periodos
lectivos semanales al área extranjera y también
reimpartirán otras áreas curriculares excepto
matemáticas y lengua castellana.
Las áreas curriculares en la educación primaría
son las siguientes: matemáticas, conocimiento del medio,
lengua castellana, educación religiosa o alternativa
a la religión, educación física, lengua
extranjera y educación artística (plástica,
música y dramatización).
La correspondencia con los cursos de Educación Primaría
es la siguiente:
1 ESOL 1-2 A1 COMO USUARIO BÁSICO
2º ESO l-3 A2
3º ESOL 4 A2
4º ESOL 4-5 KET FLYERS A2
5º ESOL 6 KET (A2) B1 COMO USUARIO INDEPENDIENTE
6º ESOL 7 ISE 1 PET B1º
Los objetivos que se pretender alcanzar en el aprendizaje de
la lengua inglesa son:
A.- primer ciclo:
-adquisición del lenguaje
-iniciación a la lectura y a la escritura
B.- segundo ciclo:
-lectura y escritura
-desarrollo de un buen nivel de conversación
-tercer ciclo:
-impartir el área de conocimiento del medio en inglés.
El Coordinador del programa (Teachers leader) es:
-Maestro con destino definitivo en el centro y habilitación
en lengua inglesa.
-Responsable de impulsar la participación del centro
en las actividades propias de un colegio bilingüe
-Coordinador de los profesores del centro que impartirán
su docencia en inglés.
La base cotidiana pedagógica de un aprendizaje completo
(four active and passive skills: speaking, listening, reading
and writing) es la conveniencia que los profesores que dan sus
clases en inglés se dirijan siempre a los niños
en inglés.
El coordinador del programa y los demás profesores que
impartan su docencia o su programa deberán hacer coincidir
una de sus horas semanales de permanencia para dedicarlas a
coordinación.
En ningún caso la misma asignatura se impartirá
en inglés y en castellano.
Se procurará crear en todo el colegio un ambiente "bilingüe"
Se cuidará que los alumnos de infantil tengan el mayor
número posible de actividades en inglés.
Es indudable que si el director de estos centros docentes tuviera
una preparación específica en el conocimiento
lingüístico y específico de la lengua inglesa
el resultado sería mucha mejor. De esta forma se dotaría
directamente a los centros de una amplía capacidad de
iniciativa en este caso curricular lingüística atribuyéndosele
automáticamente al centro mayores competencias.
Cabe la posibilidad de que la Dirección del centro no
se implique directamente como un objetivo prioritario al no
ser un especialista en lengua extranjera. El especialista puede
directamente valorar el proceso educativo para actuar en el,
no esperar a unos resultados que llevan su tiempo, es decir,
a largo plazo, en función de estos empezar a ensayar
diferentes correcciones.
De este modo, aunque se consigue aumentar el nivel de inglés
de los alumnos, por el simple hecho de que reciben más
horas de docencia de la lengua inglesa, no consiguen el objetivo
real de cualquier colegio bilingüe (de enseñanza
de la lengua inglesa), que es conseguir alumnos bilingües,
sólo se aumenta el nivel de competencia y dominio del
inglés. No se debe olvidar que en último lugar
la escuela a de estar al servicio del alumnado.
Sí se atiende a toda la información teórica
que nos pueden aportar los estudios de glotodidáctica
del inglés como L2, la enseñanza del inglés/español
como lengua extranjera (ELE) y la enseñanza del español/inglés
como lengua de acogida (ELA) además de los estudios más
recientes sobre el aprendizaje temprano de L2 se ve claramente
que hubiera sido mucho más interesante empezar en estos
nuevos centros con los alumnos más pequeños, los
de Educación Infantil de tres años. De esta forma
se desperdician tres preciosos años que valen más
que 24 de aprendizaje formal según Singleton, (un año
de aprendizaje informal vale más que ocho de aprendizaje
formal), máxime en adultos.
La transferencia de la competencia adquirida en una L1, normalmente
a la lengua de adquisición (L2), es un mecanismo natural
del proceso de adquisición y depende primariamente del
grado de proximidad existente entre sus sistemas léxico
y sintáctico y además puede facilitar e interferir
simultáneamente.
Los bilingües pueden ocasionalmente mezclar las dos lenguas
y no por ello dejar de ser bilingües competentes, lo cual
no puede considerarse como desventaja sino como una gran ventaja.
Un bilingüe equilibrado para ser funcional no tiene que
tener la misma competencia en las dos lenguas, de hecho, pueden
pensar en las dos lenguas, no tienen que traducir del idioma
más débil al dominante.
No se ha demostrado que aprender dos lenguas tenga efectos
decisivos sobre la inteligencia.
Conocer dos lenguas proporciona diferentes experiencias y formas
de aproximarse a la realidad por lo que en al menos en el sentido
social y en el cultural favorece la flexibilidad cognitiva.
Este aprendizaje posibilita la formación de un tipo de
pensamiento menos rígido y más flexible, un tipo
de pensamiento más capaz de reconocer al otro hablante
como semejante a uno mismo.
El bilingüismo desarrolla las habilidades metalingüísticas
y no produce trastornos del lenguaje. Los trastornos del desarrollo
del lenguaje se ponen de manifiesto con más claridad
en entornos bilingües, cuando ocurre esto se suele atribuir
erróneamente al bilingüismo aunque solo es que se
detecta con más facilidad.
Los efectos negativos sobre el desarrollo del lenguaje están
ligados a variables sociales y de aprendizaje.
Ser bilingüe no significa necesariamente hablar dos lenguas
con el mismo grado de competencia comunicativa.
El contacto temprano con más de una lengua influye en
la motivación para aprender una segunda lengua y la auto-percepción
de la competencia en la segunda lengua.
No es necesario que el niño aprenda bien la primera lengua
(L1) antes de empezar a aprender la L2. Los niños pueden
presentar el aprendizaje de la segunda lengua en cualquier momento.
La exposición simultánea a más de una
lengua en los primeros momentos de la vida no tiene consecuencias
negativas sobre la organización cerebral del lenguaje.
No es imposible aprender una segunda lengua después de
cierta edad pero sí hacerlo de la forma en que se produce
el aprendizaje temprano de L1.
En el caso de los niños menores de seis años
retrasar el comienzo de una lengua extranjera es desperdiciar
una oportunidad muy valiosa. Por un lado, con la edad se va
anquilosando la ductibilidad de los órganos fono-articulatorios
y la percepción, discriminación, diferenciación
e identificación de las formas se va mediatizando según
se va fijando el sistema fonológico de la lengua materna;
por otro lado, la transferencia inadecuada de códigos
lecto-escritores entre ambas lenguas actúa como un lastre
que interfiere en la correcta pronunciación de la lengua
extranjera y lo que es peor, en la comprensión de mensajes
orales.
La transferencia de la competencia adquirida en una L1, normalmente)
a la lengua de adquisición (L2) es un mecanismo natural
del proceso de adquisición y depende primariamente del
grado de proximidad existente entre sus sistemas léxico
y sintáctico y además puede facilitar o interferir
simultáneamente.
Por tanto, sería interesante tener estos aspectos en
cuenta y en la medida de lo posible acercar la lengua inglesa
a los más pequeños de forma integral por medio
de la preparación del profesorado y del equipo directivo.
En estas edades tan tempranas de la Educación Infantil
debería contar el centro con el requisito necesario de
profesores de ambas especialidades: Educación Infantil
y Lengua Inglesa con una buena fluidez lingüística
oral además de la escrita. Por supuesto, sería
bueno en todos los profesores del centro tuvieran la especialidad
de lengua inglesa o conocimientos afines.
De no afrontar este problema con rapidez para alcanzar resultados
más seguros y más estables y eficientes la cifra
de alumnos españoles en colegios británicos en
Madrid seguirá ascendiendo de forma progresiva para suplir
esta carencia. En la actualidad a pesar de las cuotas tan altas
de escolarización y enseñanza la demanda es muy
grande. Existen listas de espera y además en la actualidad
registran una media de 85% de alumnado español. Con bastante
seguridad estos niños escolarizados en estos colegios
suelen llegar a ser totalmente bilingües antes de los seis
años.
El currículo de estos alumnos en educación Infantil
es el siguiente:
Personal, social and emocional development
Communication, language and literacy
Mathematical development
Knowledge and understanding of the world
Physical development
Creative development.
En el caso reciente del Decreto 63/2004 de la selección
y nombramiento de Directores de Centros Públicos Docentes
ha sucedido que las posibilidades reales de que acceda a la
Dirección un docente que no sea el que ya ostenta la
dirección, cuando solicitud salvo cuando cuentan con
una posibilidad segura.
Si se analizan los resultados de junio de 2004 se constata
lo siguiente:
El proceso de selección de directores se realizó
en 252 Centros Públicos de la Comunidad de Madrid de
la Dirección de Área de de Madrid - Centro. (Centros
de Educación Infantil y Primaria e Institutos de Secundaria).
En 203 Centros Públicos Docentes se presentó un
único candidato.
En 36 Colegios Públicos Docentes presentaban la solicitud
a director dos candidatos.
En 12 Colegios Públicos Docentes lo hacían tres
candidatos a directores, y un único Centro Público
Docente de cuatro candidatos a director del mismo.
En el caso de dos candidatos a directores del mismo centro,
siempre tiene más posibilidades el que ostenta el cargo
ya que siempre cuenta con una información privilegiada
sobre el centro, sobre la administración, gestión,
organización del centro que no cuenta el otro candidato.
Incluso conoce el Proyecto de Dirección de su/s oponente/s
además de las valoraciones de todas las personas que
forman parte del Claustro y Consejo Escolar de dicho Centro
Público Educativo. Sin embargo puede haber candidatos
que no tengan ningún conocimiento sobre el Proyecto de
Dirección del actual director. Es más los Proyectos
de Dirección pueden servir de base al del actual director
si no son entregados el último día del plazo correspondiente.
En estas circunstancias aunque la actuación o gestión
del director fuera considerada poco apta tiene todas las posibilidades
de continuar en el centro.
Analizando el último proceso de selección de Directores
mencionado se constata que no tiene ninguna posibilidad real
un director de fuera del centro cuando su oponente es el antiguo
director u otra persona del centro, debido entre otras cosas
a que el candidato a director, externo al profesorado del centro
no tiene acceso a la información real del centro, sólo
a la que pueda ofrecer la administración de acceso libre
que siempre es muy limitada.
La comisión de selección esta formada por cinco
miembros: dos inspectores de Educación (uno de ellos
es el presidente, una persona designada de la Administración
de Educación y dos personas pertenecientes al Consejo
Escolar del Centro correspondiente (un profesor y un padre/madre
de un alumno).
Evidentemente la constitución de esta comisión
dificulta una visión totalmente objetiva del Proyecto
de Dirección, ya que evidentemente las valoraciones totalmente
subjetivas que puedan darse por parte de los miembros del centro
(posición muy correcta y entendible) son muy difíciles
de contrarrestar si estas son puntuaciones extremas. Lo cual
en numerosas ocasiones deja en manos de estas personas el resultado
del proceso.
Lógicamente viendo el proceso, los resultados y todos
los aspectos que puedan ser interesantes y dentro del marco
de la LOCE se tendrían que mejorar este Decreto 63/2004,
si se quiere seleccionar a los directores de mejor currículo.
Algunas posibles mejoras podrían ser las siguientes:
-Realizarlo antes del final del curso para que no se hiciese
con la precipitación de este año.
- Realizar una primera selección de los propios directores
y profesores de los mismos centros que están interesados.
- Realizar una segunda selección con las vacantes de
dirección que no han sido adjudicadas por:
-Ausencia de candidatos
-Jubilación el director actual
-No desea continuar
- La administración no le ha nombrado por no ser apto.
...
Se podría hacer un proceso diferente con posterioridad.
En este proceso ha habido menos de un 1% de candidatos a la
Dirección para colegios diferentes al que se esta nombrado
o tiene su puesto.
Tal como esta este proceso establecido se dan y se pueden dar
las siguientes anécdotas:
- No datos reales al llamar o confirmar datos sobre posibles
candidatos, alumnado, profesores, etc.
- No querer firmar el haber recibido las dos copias del proyecto
de Dirección para el Claustro y el Consejo Escolar que
debe ser firmado por la secretaria del Centro y que debe ser
entregado a la Administración pública por el candidato
dentro de un plazo.
-Poner un horario de revisión de PC y del PEC con claras
imposibilidades de ver con calma. (Distinto horario de los centros
públicos, distancia real, etc.)
El Director del centro puede haber estudiado el Proyecto del
adversario con detalle para hacer ver los defectos de este y
utilizarlos en su favor tanto en la exposición ante la
comisión como ante los propios miembros procedentes del
colegio tanto del Claustro y del Consejo Escolar que forman
parte de la comisión de selección de directores.
Interesante sólo cuando se produce una ausencia de candidatos,
bien por una jubilación bien por que el director que
ostenta el cargo no quiera continuar en la dirección.
Otro problema inherente a este proceso es el nombramiento y
selección del resto del equipo directivo. Existen numerosas
posibilidades pero difícilmente se puede llevarse bien
la Dirección de un Centro Educativo sin una colaboración
estrecha del resto de los miembros del equipo directivo.
Finalmente desde la perspectiva actual se hace cada vez más
necesario mejorar el nivel de una lengua extranjera: L2 (inglés)
desde edades muy temprana desde la dirección del Centro
Docente
Por tanto, el director desde su responsabilidad de máximo
órgano de gobierno de este centro bilingüe deberá
contemplar:
Órganos implicados, nivel de responsabilidad y tareas
básicas
a.- Equipo directivo
- Reforzar todas las actividades encaminadas a lograr este fin
- Proveer de los medios necesarios
- Concienciar de la necesidad de la competencia lingüística
del inglés
b.- Claustro de profesores
A través de los profesores directamente implicados y
del resto del claustro para conseguir una mayor calidad educativa
en éste área.
Tiempos, espacios y recursos
- material lingüístico adecuado
- formación específica de todos los profesores
del centro
Sistemas de seguimiento/evaluación y control
Se considerará conseguido el objetivo en grado satisfactorio
sí:
- El nivel de competencia lingüística de L2 se ha
incrementado en todos los alumnos del centro
- El nivel de aceptación de la necesidad lingüística
es compartido por todas las personas implicadas.
Los siguientes órganos realizarán el control:
a.- Claustro de profesores
A través de los profesores directamente más implicados
(especialistas y tutores) valorará el rendimiento y los
resultados de los alumnos y profesores.
b.- Equipo directivo
Analizará y controlará el desarrollo del objetivo
y su resultado
c.- Consejo Escolar
A través de sus miembros valorará el desarrollo
y el resultado del objetivo
Según dictaminen las circunstancias.
2. PLAN LINGÜÍSTICO
-Profesorado especialista en lengua inglesa
-Profesorado nativo
-Incremento de horas lectivas de enseñanza de lengua
inglesa
-Otras áreas curriculares se imparten en lengua inglesa:
Conocimiento del Medio preferentemente, Educación Artística
y Educación Física. (mixed -ability curricular
classes)
-Clases de conversación o énfasis en el aspecto
oral para toda la comunidad educativa
-Ambiente cultural y lingüístico de la lengua inglesa.
-Entorno plástico, lingüístico y de relaciones
sociales en habla inglesa
-Multitud de actividades culturales (opcionales o obligatorias)
en lengua inglesa: películas, charlas o conferencias,
juegos organizados, viajes educativos, intercambios, canciones,
danzas...
-Clases de apoyo y refuerzo
-Tiempos de recreo y ocio organizados para favorecer el aprendizaje
en lengua inglesa.
-Formación básica en lengua inglesa de todas las
personas que forman la Comunidad Educativa: profesores de otras
materias, personal laboral, padres, colaboradores...
-Introducir las nuevas tecnologías para el aprendizaje
de la lengua inglesa.